COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
El Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 41, Bases I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, párrafos 4 y 5, 23, 27 párrafo 1, inciso c) y fracciones II y III; 38, párrafo 1, incisos a) y f) y 46 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; 1° al 4°, 12, 22 al 25, 31, 36, 43, 48, 51, 53, 57,58, fracciones III, IV y V, 59 fracción V, 61, 85, fracciones II, III y VIII9, 86, fracción II, 108, 116, fracción I, 119, fracción III,120, 121, fracciones I y II, 122,143, 144, fracciones I, VIII, X y último párrafo, 145, 156, 158, 159, fracción I, inciso b), y último párrafo, 160, 161, 163, 164,165, 209, 211y 216 de los Estatutos del Partido Revolucionario Institucional; 1º al 4º, 6º, 7º, 8º,fracción II y párrafos 2° y 3°, 9º, 10º, fracción I, inciso b), 17, 18, fracción I y párrafo 2, 20 y 48 del Reglamento para la Elección de Dirigentes y Postulación de Candidatos del Partido Revolucionario Institucional; 1º, 2º, 10º, 12, 15, fracción III, 23 y 24 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Procesos Internos del Partido Revolucionario Institucional; 1º, 2º, 5º, 6º y 11 del Reglamento de Medios de Impugnación del Partido Revolucionario Institucional; las diversas disposiciones del Acuerdo del Consejo Político Estatal del Partido Revolucionario Institucional en el Estado de Zacatecas, aprobado en su
sesión extraordinaria de fecha 3 de Agosto del 2014; así como en las demás disposiciones relativas y aplicables, y,
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con su Declaración de Principios, el Partido Revolucionario Institucional se inscribe en el régimen democrático de la República y está comprometido con la observancia de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con las leyes e instituciones que de ella emanan. Por tanto, asume con responsabilidad la plena congruencia entre sus documentos básicos y la práctica política partidaria como un ejercicio ético fundamental para la defensa de los intereses populares y el instrumento para la consecución de los anhelos del bienestar colectivo.
2. Que el Partido Revolucionario Institucional es una organización de ciudadanos socialmente responsable, comprometidos con las causas ciudadanas y con la fortaleza institucional de México, por lo que debe promover la modernización del país con democracia y justicia social, pronunciándose por un Estado Social de Derecho, basado en un orden constitucional eficaz y moderno, defensor de las libertades, que garantice con seguridad y certeza la consolidación de los propósitos y demandas fundamentales de nuestro pueblo.
3. Que los resultados electorales obtenidos por el Partido Revolucionario Institucional en la elección presidencial de 2012, demuestran que el trabajo democrático al interior de sus filas es la única solución política que le permitirá, en unidad y con principios, a través del fortalecimiento del ejercicio democrático integral, alcanzar la victoria electoral en el proceso electoral del año en curso.
4. Que las condiciones sociopolíticas que imperan en el país demandan la actualización de cuadros y dirigentes, con la intervención comprometida y decidida del priísmo para alcanzar los fines del Partido y para mejorar las condiciones de vida de los zacatecanos.
5. Que el Consejo Político Estatal de Zacatecas, en su sesión extraordinaria de fecha tres de agosto de 2014, aprobó el procedimiento estatutario en su modalidad de Asamblea de Consejeros Políticos para la elección de los titulares de la Presidencia y de la Secretaría General del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional en dicha entidad federativa.
6. Que de conformidad con los Documentos Básicos del Partido Revolucionario Institucional, los procesos de elección de dirigentes tienen como objetivos:
I. Vigorizar la participación democrática de las bases del Partido en los procesos internos;
II. Garantizar y aplicar el principio de equidad de género;
III. Garantizar la participación de los jóvenes en los términos estatutarios;
IV. Estimular la carrera de Partido y la lealtad a sus principios y al desarrollo de las actividades del Programa de Acción;
V. Exigir tiempo completo, capacidad, experiencia y autenticidad de liderazgo a quienes aspiran ser dirigentes del Partido;
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